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La mentalidad burguesa

20.08.2012 20:19
  • “JUNTOS PERO NO REVUELTOS”:
  • “La vida privada debe hallarse oculta. No está permitido indagar ni dar a conocer lo que ocurre en la casa de un particular. Las clases dominantes, que viven con la obsesión de la multitud necia y sucia, se las arreglan para poder contar en los lugares públicos y concretamente en los transportes en común, con ámbitos protectores: palcos de teatro, camarotes de barco o cabinas de baño, así como compartimentos de primera clase: lugares todos ellos que evitan las promiscuidades y mantienen las distinciones. Pero el dominio privado por excelencia es la casa, fudamento material de la familia y pilar del orden social. Apretujadas en infectos cuchitriles, las clases populares urbanas desenvuelven de manera diferente su intimidad” Aries y Duby: “Historia de la vida privada”, 1988.

1- ¿Qué diferencias observa entre al burguesía y las clases populares en relación a la vida privada?

LA DESIGUALDAD ANTE LA MUERTE EN UNA CIUDAD INDUSTRIAL

  • ¿IGUALES ANTE LA MUERTE?  -  CLASE OBRERA: UN NIÑO DE CADA DOS MORÍA ANTES DE SU CUMPLEAÑOS, MIENTRAS QUE EN LA ALTA BURGUESÍA LA MORTALIDAD INFANTIL NO ERA MÁS DE 237 POR MIL.
  • “El hacinamiento, unido a la falta de condiciones sanitarias era la causa de numerosas enfermedades. Los distritos de los pobres no tenían asfaltado, ni alumbrado nocturno, ni aceras, ni lo que era más importante, suministro de agua. En un estudio sobre la ciudad de Manchester realizado en la década de 1840 se averiguó que había tan solo 33 retretes para 7000 personas aproximadamente 215 hombres, mujeres y niños por cada uno” Anderson y Zinsser: “Historia de las mujeres, una historia propia, 1991.

 2- ¿Cuáles son las causas que explican las diferencias de mortalidad infantil entre la clase obrera y la burguesía?

 

 

PROCESO DE INDEPENDENCIA DEL URUGUAY

29.07.2012 18:39

HISTORIA                                         LICEO 65                                    PROF. HEBERT MOURIGÁN

PROCESO DE INDEPENDENCIA DEL URUGUAY (1825-1830)

El Segundo Ciclo Revolucionario se inicia con la “Cruzada Libertadora”, una operación militar organizada desde Buenos Aires con el fin de liberar a la Provincia Oriental del dominio brasileño. La ayuda económica para la organización (dinero, armas) provino del grupo de saladeristas, comerciantes y hacendados porteños, que tenían interés en nuestras tierras para la ganadería que podía proveer nuestro territorio. Su idea era, luego de la liberación, asentarse en la Provincia Oriental, que pasaría a ser parte de las Provincias Unidas. Por otro lado, en la Provincia Oriental la opinión pública era favorable al movimiento que se preparaba, en la campaña contaría con el apoyo de los caudillos locales y también en Montevideo el sector patricio (comerciantes, saladeristas) veía con simpatía la sublevación.

En abril de 1825 completados los preparativos se inició la Cruzada, cuya jefatura corresponderá a Juan Antonio Lavalleja, el militar de mayor grado de los 33 orientales. El desembarco en la playa de la Agraciada es el momento inicial de la nueva Revolución. Pero sin dudas fue trascendente la incorporación de Rivera al movimiento, porque esto significaba el apoyo de gran parte de la campaña oriental que tenía a este caudillo como su jefe.

El movimiento revolucionario de 1825 tendrá semejanzas y diferencias con relación al de 1811. Como semejanza podemos señalar: se prepara en Buenos Aires y se orienta hacia el mantenimiento de la unidad platense; se dirige desde la campaña hacia Montevideo, principal reducto de la dominación brasileña; las operaciones militares comienzan en las costas del río Uruguay y las acciones militares de los orientales preceden la intervención de los ejércitos porteños.

En cuanto a las diferencias: el movimiento es independiente de Buenos Aires; la revolución culminará transformándose en una guerra internacional (entre Brasil y las Provincias Unidas con mediación de Inglaterra); la jefatura del movimiento es distinta, ya que no se centraliza en un solo hombre, ni Lavalleja no posee el carisma de Artigas. En 1825 se tiene una preocupación institucionalista, es decir, la necesidad de crear órganos de gobierno (Gobernador provisorio, Sala de representantes). Los orientales de 1825 son mucho más complacientes con Buenos Aires que los orientales de 1811. El enemigo no queda, como en el caso de los españoles reducido a Montevideo, ya que los brasileños se extienden a lo largo de la frontera norte y es allí donde deberá buscarse la definición de la lucha. Extraído y adaptado de Traversoni, Alfredo: “Historia del Uruguay y de América. Siglo XIX”, tomo 2, Ed. Kapelusz, 1987.

Leyes de 1825 (Sala de Representantes, Florida)

LEY DE INDEPENDENCIA: “La Honorable Sala de Representantes de la Provincia Oriental del Río de la Plata, en uso de la soberanía ordinaria y extraordinaria que legalmente revista para constituir la existencia política de los pueblos que la componen (…) declara írritos, nulos disueltos y de ningún valor para siempre todos los actos de incorporación y reconocimientos, aclamaciones y juramentos arrancados a los pueblos de la Provincia Oriental por la violencia de la fuerza (se refiere a la incorporación de la P. Oriental al imperio de Brasil en el Congreso Cisplatino, 1821).

(…)se declara de hecho y de derecho, libre e independiente del Rey de Portugal, del Emperador de Brasil, y de cualquiera otro del Universo, y con amplio poder para darse las formas que, en uso y ejercicio su soberanía, estime conveniente”.

LEY DE UNION: “Queda la Provincia Oriental del Río de la Plata unida a las demás de este nombre en el territorio de Sud América, por ser libre y espontánea voluntad de los pueblos que la componen, manifestada con testimonios irrefragables y esfuerzos heroicos desde el primer período (entiéndase 1811) de la regeneración política de dichas provincias”

LEY DE PABELLÓN: “se declara por tal el que tiene admitido, compuesto por tres fajas horizontales, celeste, blanca y punzó, por ahora y hasta tanto que incorporados los diputados de esta provincia a la soberanía nacional se enarbole el reconocido por el de las Provincias Unidas del Río de la Plata a que pertenece” (adoptaríamos como bandera la de las Provincias Unidas)

1- Señale una semejanza y una diferencia entre los movimientos revolucionarios de 1811 y 1825 que le parezca más significativo. Fundamente la elección.

2- Para pensar. A partir de las leyes de 1825 se puede plantear una línea de continuidad con la revolución oriental de 1811: ¿en qué ideas fundamentales?

LA MEDIACIÓN INGLESA.

(Documentos de Lord Ponsomby)

“El gobierno inglés no consentirá jamás que sólo dos Estados, Brasil y la Argentina, sean dueños exclusivos de las costas orientales de la América del Sur más allá del Ecuador al Cabo de Hornos…” Lord Ponsomby al ministro Roxas, 1828.

“Los intereses y la seguridad del comercio británico serían grandemente aumentados por la existencia de un Estado… Tal Estado creo sería una Banda oriental independiente…en que los intereses públicos y privados de los gobernantes…tuviese como el primero de los objetivos nacionales cultivar una amistad firma con Inglaterra…La Banda Oriental contiene la llave del Plata y de Sud América…debemos perpetuar una división geográfica de Estados que beneficiaría a Inglaterra…Por largo tiempo, los orientales no tendrán marina, y no podrán, por lo tanto, aunque quisieran, impedir el comercio libre en el Plata”. Lord Ponsomby a Lord Dudley ( 18 de enero 1828)

LA CONVENCIÓN PRELIMINAR DE PAZ  (selección de artículos)

Art 1.- “Su Majestad el Emperador de Brasil declara a la Provincia de Montevideo, llamada hoy Cisplatina, separada del territorio del Imperio del Brasil, para que pueda constituirse en Estado libre e independiente de toda y cualquier nación, bajo la forma de gobierno que juzgare conveniente a sus intereses, necesidades y recursos”.

Art 2.- “El Gobierno de la República de las Provincias Unidas concuerda en declarar, por su parte, la independencia de la Provincia de Montevideo, llamada hoy Cisplatina, y en que se constituya en Estado libre e independiente en la forma declarada en el artículo precedente”

Art 3.- “Ambas Altas Partes contratantes se obligan a defender la independencia e integridad  de la Provincia de Montevideo por el tiempo y modo que se ajustare en el tratado definitivo de paz”.

Art 6.- “Reunidos los Representantes de la Provincia fuera de la plaza de Montevideo…establecerán un gobierno provisorio…que debe gobernar hasta que se instale el Gobierno permanente que hubiere  de ser creado por la Constitución”.

Art.7.- “Los mismos Representantes se ocuparán después en formar la Constitución política de la Provincia de Montevideo, y ésta antes de ser jurada, será examinada por Comisarios de los dos Gobiernos contratantes para el único fin de ver si en ella se contiene algún artículo o artículos que se opongan a la seguridad de sus respectivos Estados. Si aconteciere este caso, será explicado pública y categóricamente por los mismos Comisarios, y en falta de común acuerdo de éstos, será decidido por los dos Gobiernos contratantes”.

Art adicional. “Ambas partes contratantes se comprometen a emplear los medios que estén a su alcance a fin de que la navegación del Río de la Plata y de todos los otros que desaguan en él, se conserve libre para los súbditos de una y otra nación, por el tiempo de quince años, en la forma que se ajustare en el Tratado definitivo de paz”.

La Convención Preliminar de Paz: visión crítica y balance.

Con los artículos 1 y 2 “se adoptó la fórmula ponía a ambas potencias en absoluto pie de igualdad en cuanto a sus derechos a “declarar” la independencia del nuevo Estado…Esta fórmula de compromiso entrañaba un tamaño error y una profunda injusticia de carácter histórico al hacer aparecer la independencia oriental como una concesión graciosa de las potencias signatarias de la Convención. La independencia oriental fue un largo proceso histórico que arranca con los sentimientos autonomistas de la gobernación de Montevideo durante el régimen colonial, adquiere carácter provincial bajo la inspiración de Artigas, se robustece y toca los límites de independencia “de hecho” durante toda la lucha contra el centralismo bonaerense y la invasión portuguesa, y culmina en el desarrollo de la “Cruzada Libertadora” de 1825, por obra de los propios orientales.

La Convención establecía el derecho de intervenir (de Brasil y Argentina) en auxilio del “gobierno legal”, y esto se hacía sin necesidad de expreso pedido del gobierno oriental, y además se dejaba librada a las mismas partes contratantes la determinación de la “legalidad” del gobierno en cuyo auxilio y protección se comprometían…Dos omisiones comprometían el futuro del nuevo Estado: la no fijación de límites territoriales, y la obligación de someter el texto de la Constitución aprobada, antes de su jura, al examen de ambos Gobiernos contratantes…Inglaterra no prestó, si acaso le fue solicitada, garantía alguna acerca del cumplimiento de esta Convención, como ambas partes contratantes se lo habían planteado a Ponsomby a comienzos de su gestión mediadora. Como afirma el historiador norteamericano W. Kaufmann: “En Gran Bretaña el arreglo preliminar, mereció la aprobación general. Los propósitos primarios de la política británica habían sido promover la paz y conseguir la reanudación del comercio. Con esto logrado, muy poco importaba el futuro de la Banda Oriental con tal que hubieran cesado las hostilidades” Alfredo Castellanos: “La cisplatina, la independencia y la república caudillesca (1820-1838)”, Ed. Banda Oriental, 1994.

1-¿Qué se resuelve en la Convención Preliminar de Paz? ¿Qué medidas condicionan la independencia del naciente estado?

2-¿Cuáles eran los intereses de Inglaterra en el Río de la Plata?

3- ¿Qué papel adjudicaba Inglaterra al naciente Estado Oriental?

 

 

Primera prueba de Historia

12.07.2012 14:34

 PRIMERA PRUEBA DE HISTORIA               5to H              Liceo 65       Prof. H. Mourigán.

 

1- Ubique en una línea de tiempo las etapas de la revolución francesa y el imperio napoleónico. Indique algunos hechos históricos relevantes.

2- Confeccione un cuadro sintetizando las causas de fondo (generales) y detonantes (concretas, circunstanciales) de la Revolución Francesa.

3- Según el historiador George Lefebvre el período revolucionario comprendido entre 1789-1791 se puede dividir en tres etapas: determine cuales y explique una de ellas.

4- ¿Qué aspectos considera radicales del período jacobino de la Revolución francesa (1792-1794)?

5- Lea atentamente el siguiente texto y explica el sentido de la afirmación: “Napoleón frenó la Revolución Francesa y, a la vez, la propagó”.

“Napoleón Bonaparte, hijo de la Revolución Francesa, llevó a toda Europa los vientos de libertad. Sin embargo, convertido en el dueño de Francia, no dudó en poner a la libertad de los franceses todo tipo de trabas hasta convertirse en un dictador omnipotente. Entre estos dos polos, la libertad y el poder, poseyó la sabiduría del futuro y puso los cimientos de un siglo. El Código Civil sería su obra de influencia más amplia” Antonio Fernández: “Historia del mundo contemporáneo”, p. 41.

6- Explique las causas políticas, económicas, sociales e ideológicas que incidieron en el proceso de la Revolución Hispanoamericana (1808-1824).

7- ¿Quiénes fueron los grupos dirigentes de la revolución de mayo de 1810? ¿Qué causas o motivos llevaron a los criollos a formar una junta de gobierno? ¿Cómo se justificó la formación de la misma?

8-  ¿Cuáles fueron los sectores sociales que participaron en la revolución oriental? ¿Por qué la revolución oriental surgió en la campaña? ¿Qué motivaciones impulsaron a cada sector social?

9 - ¿Cuáles son las ideas políticas fundamentales que se establecen en las Instrucciones del año XIII? Explíquelas.

10- ¿Por qué la revolución artiguista puede definirse como una revolución radical en el contexto latinoamericano? Fundamente su respuesta.

11- Lea el siguiente texto y resuelva el ejercicio:

ARTIGAS, CONDUCTOR Y CONDUCIDO: “Artigas, un caudillo, ciertamente, pues esa era la forma de liderazgo que la estructura social, económica y cultural del siglo XIX alimentaba al poder político. Pero no el pastor de un rebaño, pues el protagonismo en ocasiones esenciales, en giros decisivos para la Revolución, fue asumido directamente por la sociedad oriental y desde 1813 y sobre todo 1815, por su sector mayoritario, las “clases bajas” (…). Lo que a menudo se escamotea es que fue “el pueblo oriental en armas”, como lo ha demostrado Agustín Beraza, el que impulsó a su caudillo a la resistencia con un “furor” que éste a veces debió contener. La exasperación de los orientales del Ayuí con las maniobras divisionistas de Sarratea y el desconocimiento de su capacidad de autogobierno, les hizo concebir en 1812 el plan de establecer su propia Junta Revolucionaria, distinta y no subordinada a la de Buenos Aires, rompimiento de la unidad de la causa independentista con el que en ese momento Artigas estaba en desacuerdo…Artigas mandó, en medio del tumulto, “no se admitiese tal propuesta”, lo que hizo que en la Asamblea se le recordara de viva voz cuál era el origen de su mandato de Jefe de los Orientales…La política de tierras de la Revolución Oriental merece también relecturas…Parece cierto de que pudo haber sectores de la población oriental que no lucharon por obtener la tierra, hubo otros que sí lo hicieron y la exigieron, y que si el caudillo apoyó y encausó ese reclamo, no fue su único origen.(…) . Es la identificación de la Revolución con la tierra, la República, la libertad y el caudillo intérprete de la voluntad general, la que explica los cuatro años de la resistencia oriental al invasor portugués, una de las luchas más desiguales y cruentas que el Uruguay conoció. Y no el endiosamiento del líder...El mito del héroe creador sólo sirve a las clases dominantes de todas las épocas al minimizar el papel del pueblo” Barrán, José Pedro: “Artigas: del culto a la traición, Semanario Brecha, 20 de junio de 1986.

a- Explique la visión que plantea el historiador Barrán en relación a los protagonistas de la Revolución oriental.

b- Indique en que hechos del proceso revolucionario, Artigas es el conductor y en cuales es conducido. Mencione al menos dos hechos que no aparecen en el texto.

LA REVOLUCIÓN ORIENTAL (ARTIGUISTA)

21.06.2012 19:59

LA REVOLUCIÓN ORIENTAL -  1811.

ALGUNOS DOCUMENTOS PARA SU ESTUDIO.

Carta de Artigas a la Junta del Paraguay,  7 de diciembre de 1811 describiendo “la admirable alarma”:

“Permítame…que llame un momento su atención sobre esta admirable alarma con la que simpatizó la campaña toda y que será su mayor y eterna gloria…No eran sus paisanos sueltos, ni aquellos que debían su existencia a un jornal o sueldo los solos que se movían; vecinos establecidos; poseedores de buenas suertes (estancias) y de todas la comodidades que ofrece este suelo, eran los que se convertían repentinamente en soldados, los que abandonaban sus intereses, sus casas, sus familias, los que iban acaso por primera vez, a presentar su vida a los riesgos de una guerra…”

La visión de un ensayista:  Alberto Zum Felde: “Proceso histórico del Uruguay”, 1era edición 1920, ps.41 a 43

“Montevideo es una fortaleza del dominio español en el Plata; y desde ella, el poder colonial se dispone a atacar a Buenos Aires y anular el movimiento emancipador. Entonces se levanta la campaña. La raza nativa surge a la vida histórica. El gaucho entra en funciones. Una palabra mágica va cundiendo por las cuchillas desiertas, de estancia en estancia, de rancherío en rancherío, de monte en monte: ¡Guerra al Godo! (español). Y a su conjuro, el peón deja la estancia, sale el matrero de la espesura del monte, el indio aúlla y levanta su toldería ¡Guerra al Godo! Blancos, rubios, morenos, indios, negros, pardos, viejos, muchachos y mujeres, semi-desnudos, hirsutos, desmelenados, montando redomones, blandiendo lanzas y cuchillos, empuñando viejos trabucos, voceando, envueltos en polvaredas, salidos no se sabe de donde, como paridos por la tierra, llegan de todas partes. ¿A dónde van? ¿Por qué se mueven? El levantamiento de la campaña contra el poder español es una “rebelión de instintos”. Nada sabe el gaucho de régimen de gobierno, ni de Leyes de Indias, ni de derechos políticos, ni de libertad económica; sólo sabe una cosa: que odia al godo. El godo es para él, la dominación orgullosa, la autoridad arbitraria, el despojo de la libertad y de la tierra. Para el indio es la conquista que lo arroja de su suelo; para el matrero la policía que persigue encarcela y mata; para el peón es la altanería patronal que relega y humilla; para todos es la injusticia opresora que se impone por la fuerza. Todos los sentimientos de separación y de aversión que se han ido formando en la masa rural contra la autoridad española, estallan al fin en un levantamiento general…De su seno ha de surgir, pues, este hombre, y ha de haber hecho de su prestigio a fuerza de coraje temerario y de carácter enérgico. El gauchaje ha de admirar en él sus propias cualidades elevadas al grado heroico, ha de reconocerse y admirarse en él a sí mismo, ha de ver en él un arquetipo real, un paradigma: tal es el caudillo americano don José Artigas”

La visión de los historiadores: Gerardo Caetano y José Rilla: “Historia contemporánea del Uruguay. De la colonia al Mercosur”, Fin de Siglo, 1994.

“La revolución oriental comenzó en la campaña, nucleando las dispersas masas rurales en un espontáneo descontento enfilado mucho más contra la prepotencia y la presión españolas – radicadas y expresadas en la ciudad de Montevideo – que contra la dominación española misma. José Artigas, intérprete y conductor de “los pueblos” que se reunían y armaban al mando de los caudillos y jefes de pagó, comenzó a sacar provecho de un liderazgo social largamente construido desde sus épocas de “hombre suelto” de la campaña y mientras estuvo al servicio de la Corona. Hacia 1813, tras algunas peripecias militares y políticas que no solo lo enfrentaron a españoles sino también a los porteños, formuló un programa político de pretensiones claramente regionales (interprovinciales) y con un sesgo radical en lo social que lo distinguió claramente de otras experiencias revolucionarias contemporáneas de Hispanoamérica…”

PENSAMIENTO POLÍTICO DEL ARTIGUISMO.       DOCUMENTOS.

Oración inaugural del Congreso de Abril de 1813 (fragmentos)

“Ciudadanos: El resultado de la campaña pasada me puso al frente de vosotros por el voto sagrado de vuestra voluntad general. Hemos recorrido 17 meses cubiertos de gloria, y la miseria, y tengo la honra de volver a hablaros en la segunda vez que hacéis el uso de vuestra Soberanía…Mi autoridad emana de vosotros y ella cesa por vuestra presencia soberana. Vosotros estáis en el pleno goce de vuestros derechos: ved ahí el fruto de mis ansias y desvelos, y ved ahí también todo el premio de mi afán. Ahora en vosotros está el conservarla…Por desgracia, va a contar tres años nuestra revolución, y aún falta una salvaguardia general al derecho popular. Estamos aún bajo la fe de los hombres, y no aparecen las seguridades del contrato…”

 

Cuadro de Pedro Blanes Viale, óleo, "Artigas dictando a sus secretarios"

 

LAS INSTRUCCIONES DEL AÑO XIII.

Art 1.- “Primeramente pedirá la declaración de la independencia, absoluta de estas colonias, que ellas están absueltas de toda obligación de fidelidad a la corona de España y familia de los Borbones, y que toda conexión política entre ellas y el Estado de la España, es, y debe ser totalmente disuelta”.

Art.2.- “No admitirá otro sistema que el de Confederación para el pacto recíproco con las provincias que formen nuestro Estado.”

Art 4.- “Como el objeto y fin del Gobierno debe ser conservar la igualdad, libertad y seguridad de los ciudadanos y de los Pueblos, cada Provincia formará su gobierno bajo esas bases, a más del Gobierno Supremo de la Nación.”

Art 5.- “Así éste como aquél se dividirá en poder legislativo, ejecutivo y judicial”

Art 6.- “Estos tres resortes jamás podrán estar unidos entre sí, y serán independientes en sus facultades”.

Art 7.- “El Gobierno Supremo entenderá solamente en los negocios generales del Estado. El resto es peculiar del Gobierno de cada Provincia”.

Art 8:- “El territorio que ocupan estos pueblos de la costa Oriental del Uruguay hasta la fortaleza de Santa Teresa, forma una sola Provincia, denominante la Provincia Oriental”

Art 11.- “Que esta Provincia retiene su soberanía, libertad e independencia, todo su poder, jurisdicción y derecho que no es delegado expresamente por la Confederación a las Provincias Unidas juntas en Congreso

Art 14.- “Que ninguna tasa o derecho se imponga sobre artículos exportados de una provincia a otra; ni que ninguna preferencia se dé por cualquier regulación de comercio, o renta a los puertos de una provincia sobre los de otra; ni los barcos destinados de esta provincia a otra serán obligados a entrar, a anclar, o pagar derechos en otra”.

Art 19.- “Que precisa e indispensable, sea fuera de Buenos Aires donde resida el sitio del Gobierno de las Provincias Unidas”

Art 20.: “La constitución garantirá a las Provincias Unidas una forma de gobierno republicana…”

 

REGLAMENTO PROVISORIO PARA EL FOMENTO DE LA CAMPAÑA Y SEGURIDAD DE SUS HACENDADOS. (1815)

ART. 6.- “Por ahora el Señor Alcalde Provincial y de demás subalternos se dedicarán a fomentar con brazos útiles la población de la campaña. Para ello revisará cada uno en sus respectivas jurisdicciones los terrenos disponibles y los sujetos dignos de esta gracia con prevención de que los más infelices serán los más privilegiados. En consecuencia, los negros libres, los zambos de esta clase, los indios y los criollos pobres, todos podrán ser agraciados con suertes de estancia, si con su trabajo y hombría de bien propenden a su felicidad y a la de la Provincia”

ART. 7.- “Serán igualmente agraciados las viudas pobres si tuvieren hijos. Serán igualmente preferidos los casados a los americanos solteros, y éstos a cualquier extranjero”

ART. 11.- “Después de la posesión serán obligados los agraciados a formar un rancho y dos corrales en el término preciso de dos meses, los que incumplidos, si se advierte omisión, se les reconvendrá para que lo efectúa en un mes más, el que cumplido, si se advierte la misma negligencia será aquel terreno donado a otro vecino más laborioso”

ART. 12.- “Los terrenos repartibles son todos aquellos de emigrados, malos europeos y peores americanos…”

ART. 13.- “Serán igualmente repartibles todos aquellos terrenos que desde el año de 1810 hasta el de 1815, en que entraron los orientales en la Plaza de Montevideo, hayan sido vendidos o donados por el Gobierno de ella”

ART. 16.- “La demarcación de los terrenos agraciables será de legua y media de frente por dos de fondo…en el cual siempre se proporcionarán aguadas, y si lo permitiese el lugar lindero fijos..”

ART. 17.- “Se velará por el gobierno…para que los agraciados no posean más que una suerte de estancia. Podrán ser privilegiados los que no tengan más que una suerte de chacra…”

ART. 19.- “Los agraciados ni podrán enajenar ni vender estas suertes de estancia ni contraer sobre ella débito alguno, bajo la pena de nulidad hasta el arreglo final de la provincia”

ART. 22.- “el Sr. Alcalde Provincial y los tres subtenientes de provincia podrán dar licencia para que dichos agraciados se reúnan y saquen animales, así vacunos como caballares, de las mismas estancias de los europeos y malos americanos que se hallen en sus respectivas jurisdicciones”

ART. 23.- “También prohibirán todas las matanzas a los hacendados si no acreditan ser ganado de su marca…”

ART. 24.- “En atención a la escasez de ganado que experimenta la Provincia se prohíbe toda tropa de ganado para Portugal. Al mismo tiempo que prohibirá a los mismos hacendados la matanza del hembraje hasta el restablecimiento de la campaña”.

ART. 25.- “Para estos fines, como para desterrar los vagabundos y aprehender malhechores y desertores se le darán al Sr. Alcalde Provincial ocho hombres y un sargento y a cada teniente cuatro soldados y un cabo”.

ART. 27.- “…Los hacendados darán papeletas a sus peones y los que se hallaren sin este requisito y sin otro ejercicio que vagar serán remitidos en dicha forma”.

ART. 28.- “Serán igualmente remitidos los desertores con armas o sin ellas…”

ART. 29.- “Serán igualmente remitidos…cualquiera que cometiese homicidio, hurto o violencia”.

 

LA LIGA FEDERAL.

“Desde un punto de vista institucional, era el conjunto de provincias que, conservando la totalidad de su soberanía particular, enarbolando el pabellón federal, y manteniendo autonomía tenían ciertos objetivos comunes, tales como  la lucha contra el centralismo porteño, y reconocían a Artigas como su protector, aceptándolo tácitamente como autoridad superior del sistema. Resaltadas estas características, queda claro, pues que el Protectorado no alcanzó un nivel de organización institucionalizada, ni de alianza formal. Quién concretaba la unidad era el mismo Artigas, al ser reconocido unánimemente como la máxima autoridad…La precariedad del sistema dado, el escaso tiempo en que funcionó, facilitó en parte su derrota” Traversoni, Alfredo: “Historia del Uruguay y América”, t.1, Ed. Kapelusz, 1987.

La liga federal abarcó a distintas provincias: la Provincia Oriental, Entre Ríos, Corrientes en el Litoral; Santa Fe y Córdoba en la zona mediterránea y Misiones al Norte.

Con la Liga Federal, Protectorado o Sistema de pueblos libres se buscaban alcanzar la autonomía política, mediante la cual las provincias pudieran ejercer su soberanía, quedando liberadas del centralismo porteño y des  su política de libre comercio que había permitido la introducción de productos manufacturados ingleses y que a su vez habían arruinado a las artesanías del interior.

La Liga Federal constituía el primer paso en la puesta en práctica de la visión integradora del Artiguismo, de reunir a las provincias del Litoral del Uruguay y Paraná en el plano político y económico.

El centro político del Protectorado fue Purificación, un campamento militar donde Artigas dirigía la Liga, ubicado en una zona estratégica (a 30 Km. de Salto) por su proximidad con el litoral del Río Uruguay y Paraná. Artigas nombrado por los cabildos de las provincias como Protector de los pueblos libres, dirigía este Protectorado.

En el plano económico se estableció una unión aduanera, en la que el comercio interprovincial quedaba libre de impuestos, pudiéndose utilizar cualquier puerto de las provincias integradas.

Para organizar el comercio de la Liga con el resto del mundo se creó un Reglamento de Aranceles, que protege la producción nacional – ponchos y calzados – de los productos industrializados ingleses a los que se los recarga con un 40% de impuestos.

 

 

LA REVOLUCIÓN HISPANOAMERICANA

05.06.2012 20:36

PROF. HEBERT MOURIGÁN           HISTORIA           5TO. HUMANÍSTICO.

LA REVOLUCIÓN HISPANOAMERICANA. (1808-1824)

CRONOLOGÍA DEL PROCESO DE INDEPENDENCIA: LOS HECHOS.

   Para comprender el marco en el que se produjeron las independencias de los países latinoamericanos, es preciso analizar la crisis de la monarquía española a comienzos del siglo XIX. En primer lugar, porque las colonias americanas formaban parte del imperio español. En segundo lugar, porque a causa de esta pertenencia todos los hechos producidos a ambos lados del Atlántico estaban estrechamente relacionados. En tercer lugar, porque los sucesos ocurridos en España a partir de 1808 – cuando Napoleón invadió la península ibérica y obliga a abdicar a Carlos IV – fueron definitorios en el proceso independentista americano.

LA SITUACIÓN DE ESPAÑA Y SU INFLUENCIA EN LOS SUCESOS AMERICANOS.

La invasión de las tropas de Napoleón a España, dejaron al pueblo español sin un monarca legítimo, con las abdicaciones de Carlos IV y luego de su hijo Fernando VII, y el nombramiento de José Bonaparte como monarca de España.

El pueblo español reaccionó contra esta situación a través de revueltas, motines y guerra de guerrillas para luchar contra el invasor.

El pueblo se organizó en Juntas, para autogobernarse, asumiendo la representación de Fernando VII, que estaba prisionero. Al no existir un rey legítimo el poder volvía al pueblo, según la tradición jurídica española, hasta que se pudiera restablecer al legítimo monarca.

Para organizar la lucha contra el invasor, las juntas locales decidieron coordinar su acción en una Junta Central Gubernativa con sede en Sevilla. Ésta se disolvió en 1810 creándose un Consejo de Regencia que la sustituirá en las funciones de gobierno.

En marzo de 1814 Fernando VII regresó al trono de España, no aceptó la constitución creada en 1812 por las Cortes de Cádiz, y restableció la monarquía absoluta en la que el rey concentra todos los poderes. En América este hecho contribuirá a fortalecer el sentimiento de independencia respecto de España.

En América el movimiento emancipador tiene etapas definidas: la primera se inicia en 1808 con la convocatoria a Cabildos abiertos y la formación de juntas similares a la de España. Se argumentaba que los americanos formaban parte del reino de España por lo tanto tenían los mismos derechos que los españoles y por eso formaron juntas.

Por lo tanto, el movimiento juntista de 1808-1809, es ante todo antifrancés, defiende los derechos de Fernando VII al trono español y respeta la autoridad de la Junta Central de Sevilla.

Las juntas más importantes se organizaron en las ciudades, impulsadas por los cabildos en 1808: Montevideo, Santa Fe de Bogotá, México, en 1809 en Buenos Aires, La Paz, Quito, y en 1810 en Caracas, Buenos Aires, Quito, Santiago de Chile, México. En el Río de la Plata la revolución se inicia con la junta de mayo de Buenos Aires (1810), trasladándose en 1811 la insurrección contra los españoles a la Banda Oriental del río Uruguay, iniciándose el proceso revolucionario oriental o “revolución artiguista”. La figura de este movimiento fue el Gral. José Artigas, caudillo destacado por sus ideales de: Independencia, República y Federalismo, imprimiéndole además contenido social a la revolución con el Reglamento de tierras de 1815.

Las juntas americanas no reconocieron al Consejo de Regencia, iniciándose así la segunda etapa, caracterizada por una clara tendencia independentista, cuando en 1814 Fernando VII regresa al trono español y restablece la monarquía absoluta. Es precisamente entre 1814 y 1824 que tienen lugar las grandes batallas contra los españoles.

La figura de Simón Bolívar es una de las máximas figuras del movimiento emancipador tanto en lo militar como en lo político: unifica en torno a su persona las distintas fuerzas rebeldes, amigo de grandes proyectos de integración latinoamericana como el de la Gran Colombia (actuales Colombia, Ecuador, Venezuela y Panamá), consiguió apoyo económico y naval británico y de soldados ingleses e irlandeses, aplicó el rigor de la “guerra a muerte” y demostró excepcional capacidad para el desplazamiento de sus ejércitos, por ejemplo el cruce desde los llanos del Orinoco hasta las tierras de Nueva Granada atravesando los Andes.

Se destaca además, el General San Martín que proyectó el cruce de los Andes para liberar Chile del dominio español y atacar a los españoles del Perú. A fines de 1816, luego de una cuidadosa preparación se libera a Chile entre 1817 y 1818. En 1822 se celebra la famosa entrevista de Guayaquil entre San Martín y Bolívar, de la que resulta la decisión del primero de retirarse y dejar el campo libre al libertador que bajaba desde el norte y parecía más ansioso por ser quien diese el golpe definitivo al imperio español en Sudamérica. Así resultará efectivamente y Antonio de Sucre, lugarteniente de Bolívar, gana en Ayacucho (1824), derrotando a los españoles que resistían en Perú, el último gran combate contra las tropas españolas.

1- A partir de la lectura atenta del texto, seleccione los hechos fundamentales y elabore una línea de tiempo o una cronología.

ALGUNAS INTERPRETACIONES HISTORIOGRÁFICAS.

Las raíces de la Independencia”:

“Los movimientos independentistas que llevaron a la creación de las actuales naciones latinoamericanas deben sus orígenes a acontecimientos acaecidos en Europa. No fueron radicales en su mayor parte y ninguno ocasionó cambios radicales en el orden social…Los Borbones españoles, habían tratado de contrarrestar el declive de España, tanto en Europa como en América. Con la esperanza de apuntalar las defensas del Nuevo Mundo contra las potencias europeas rivales, a la vez que aumentar los ingresos de la corona, impusieron reformas administrativas y políticas de largo alcance…En lo administrativo se creó el sistema de intendencias, sustituyendo a los odiados corregidores (funcionarios de la corona), siendo los intendentes responsables ante la corona y no ante el virrey. Casi todos ellos eran peninsulares en lugar de criollos americanos, probablemente para asegurarse la lealtad al monarca. Los intendentes estrecharon mucho el control de la corona sobre el gobierno, entrando el colisión con los prósperos criollos….En lo económico, los Borbones deseaban promover el desarrollo económico colonial para fortalecer su posición en Europa, para ello se estableció el libre comercio, que significó que los 24 puertos de la América española podrían comerciar desde entonces directamente con cualquier puerto español o entre sí (pero no con un puerto que no perteneciera al reino español)…La política borbónica parecía ser un éxito, la administración se hizo más eficiente, mejoraron las defensas, se intensificó el comercio y aumentaron los ingresos del gobierno. Pero había malestar entre los criollos por muchos de estos cambios, que amenazaban con reducir su posición e influencia. Fue este reto a su posición, más que la influencia del pensamiento ilustrado o el ejemplo de las colonias inglesas de Norteamérica, lo que acabó impulsando a los dominios hispanoamericanos a optar por la independencia (…). Cuando Napoleón colocó a su hermano en el trono español, los criollos lo rechazaron como impostor, como habían hecho la mayoría de los españoles. Como España ya no tenía gobierno, sostenían los colonos, la soberanía revertía al pueblo. ¿Podía esta lógica extenderse como argumento para la independencia?

Ni la Ilustración europea ni el ejemplo de la Revolución americana por sí solos habían fomentado las rebeliones. Sin la intervención de Napoleón, las colonias hispanoamericanas quizás hubieran seguido siéndolo hasta bien entrado el siglo XIX, como fue el caso de Cuba.”

 Skidmore y Smith: “Historia Contemporánea de América Latina”, Ed. Crítica, 1999.

“Uno de los factores históricos de mayor influencia en el proceso emancipador fue el deseo de acceso al poder político por parte de los criollos. El antagonismo entre criollos y españoles peninsulares se explica por el monopolio que estos últimos tienen de los altos cargos políticos administrativos (virreyes, gobernadores, capitanes generales, intendentes, etc.) y religiosos. Mientras que para los criollos solo se admite el acceso a los cabildos de las ciudades. No se trata sólo de un choque de intereses, sino de un conflicto promovido como contraposición de mentalidades sociales: el choque entre la mentalidad criolla y la mentalidad colonial hispánica, que se produce sobre el antagonismo del poder político y el poder administrativo.

A fines del siglo XVIII se produce la recepción del pensamiento de la Ilustración, que contribuye a la elaboración de una ideología hispanoamericana de la independencia que le confiere coherencia al movimiento. En los postulados de la Ilustración descansa el contenido ideológico revolucionario: la negación de la tradición como norma del orden social y político, la exaltación de la libertad y de la igualdad ante la ley, la fe en el progreso y la búsqueda de la felicidad, base de la lucha revolucionaria de la burguesía europea, recogida en Hispanoamérica por su equivalente ideológico: los criollos ilustrados.” M. Hernández Sánchez-Barba: “Historia de América", tomo 4, Ed. Alhambra, 1988.

 

El papel de los cabildos.-

“Las revoluciones, que se dan sin violencia, tienen por centro al Cabildo; esta institución municipal, que representa a las poblaciones urbanas, tiene la ventaja de no ser delegada de la autoridad central en derrumbe; por otra parte, la institución del Cabildo Abierto – reunión de notables convocada por las autoridades municipales en las emergencias más graves – asegura en todos los casos la supremacía de las élites criollas. Son los cabildos abiertos los que establecen las juntas de gobierno que reemplazan a los gobernantes designados desde la metrópoli en 1810: el 19 de abril en Caracas, el 25 de mayo en Buenos Aires, el 20 de julio en Bogotá, el 18 de septiembre en Santiago de Chile”.  Tulio Halperin: “Historia contemporáneo de América Latina”, Alianza Editorial.

2- Compare las dos posiciones historiográficas presentadas resaltando sus diferencias.

3- ¿Cuál fue el papel de los cabildos abiertos en el proceso revolucionario según el historiador Halperin?

4- Clasifique las causas que incidieron en la revolución hispanoamericana en políticas, sociales e ideológicas.

DOS MODELOS REVOLUCIONARIOS

La revolución de mayo en Buenos Aires (1810).-

“En 1810, cuando los ejércitos de Napoleón ocuparon la península ibérica, el equilibrio de fuerzas sociales había cambiado. La administración española había perdido terreno durante las invasiones británicas. Los criollos habían sido una fuerza decisiva en la lucha contra los ingleses y habían logrado integrarse al ejército en esa resistencia.

Esto dejó el camino abierto a los grupos criollos, el de los militares y el de los intelectuales, que poseían las armas y las ideas para tomar la iniciativa. En mayo de 1810 un navío inglés llevó a Montevideo noticias de que los ejércitos franceses habían ocupado Andalucía y entrado en Sevilla. La Junta Central de Sevilla, huída hacia Cádiz y dispersada, dispuso que ocupara su lugar un Consejo de Regencia. Esta era la oportunidad esperada por los revolucionarios.

Belgrano, Castelli y Nicolás Rodríguez Peña eran sus dirigentes (intelectuales). La revolución fue iniciada por la acción militar, presionando al virrey Cisneros para que convocaran a un Cabildo Abierto. Era una revolución patricia, realizada por una élite que hablaba en nombre del pueblo sin consultarle. “¿Dónde está el pueblo? Preguntó un funcionario del cabildo el 25 de mayo desde un balcón que daba a la plaza”. John Lynch: “Las revoluciones hispanoamericanas”, Ed. Ariel, 1976.

 

Patricios: nombre de una legión de militares voluntarios de Buenos Aires integrada por criollos, cuyo jefe en 1810 fue Saavedra.

 

Un ejemplo de revolución popular.

 

“En México es Hidalgo, un culto sacerdote nacido en el país, quién en el “Grito de Dolores” (1810), llama a la rebelión armada contra los españoles. Declara abolida la esclavitud y promete a los indios la devolución de sus tierras. Pronto se ve al mando de más de ochenta mil hombres y captura la ciudad de Guanajuato. La falta de armas y de preparación de sus tropas, unida a la desconfianza que produce entre la aristocracia terrateniente la participación del indio en una verdadera guerra social, contribuye a sus derrota. Hidalgo es ajusticiado en julio de 1811.

Otro sacerdote, Morelos, menos ilustrado pero dotado de mejores cualidades de estratega, volvió a encender el mismo año la revuelta en un amplio frente militar; llegó a organizar una administración regular y proclamó la independencia de México en 1813. Morelos fue la figura principal de una revolución radical y de tono indigenista; proclamó la abolición de la esclavitud y la igualdad racial e hizo redactar una constitución (nunca se aplicó). Derrocado por Iturbide, militar al mando de las tropas realistas, es hecho prisionero y fusilado en 1815.” Gustavo Beyhaut: “América Latina: de la independencia a la segunda guerra mundial”, Ed. Siglo XXI, 1965

 

5- Establezca las diferencias fundamentales entre los dos modelos revolucionarios en cuanto al medio social,  los protagonistas y los objetivos generales de cada uno de ellos.

La Revolución Francesa: la reacción termidoriana 1794-1799

27.05.2012 20:29

La caída del gobierno revolucionario se produjo por diversas causas, una de ellas las propias divisiones internas entre los montañeses (o jacobinos). Las sociedades de los sans-culottes principal base social de los jacobinos fueron clausuradas. Los principales dirigentes revolucionarios fueron ejecutados, entre ellos el más importante: Robespierre. Como se afirmó en la época: "la patria se devora a sus propios hijos", marcando como cuando se inicia la violencia y la represión ésta se vuelve en contra de los que la ejecutaron para mantenerse en el poder. El golpe de estado del mes de termidor (28 de julio de 1794) pone fin a la Convención, iniciándose un período de reacción contra la política del gobierno revolucionario. El historiador Albert Soboul ha denominada a este período como el del "gobierno de los propietarios", teniendo en cuenta la base social de este nuevo gobierno: la gran burguesía.

Se decreta la clausura de los clubes jacobinos y las sociedades populares, se aprueba una nueva Constituciónen 1795 que establece la separación de poderes: el poder legislativo corresponde a dos asambles; el ejecutivo en manos de un Directorio de cinco miembros, y el poder judicial es declarado independiente de los otros poderes. El sufragio fue limitado, requiriéndose para ser ciudadano el pago de una contribución en dinero, la burguesía moderada impone sus principios para restablecer el orden político, económico y social.

El golpe de estado dirigido por Napoleón Bonaparte el 18 de Brumario (9 de noviembre) de 1799, exigió la disolución del Directorio. Se inicia así el "período napoleónico".

La Revolución Francesa: fase exaltada 1792-1794

27.05.2012 20:00

Luego de la ejecución del Rey, la guerra exterior incidirá en forma fundamental en los acontecimientos internos y en la organización del gobierno revolucionario.

La insurrección del 10 de agosto de 1792 marca la entrada en escena de los denominados "sans culottes" miembros de las clases populares (jornaleros, artesnos, desocupados,), éstos consideran enemigos de la revolución no sólo a la nobleza (los "emigrados") sino también a los burgueses ricos. Se arman e imponene en las calles las normas revolucionarias. Se convocan por primera vez elecciones con sufragio universal (masculino).

Es la época de la Convención Nacional, en la que se presentan tres tendencias políticas (que no eran homogéneas): los girondinos (se sientan a la derecha),la llanura (se sientan en el centro sin posición definida) y los montañeses (se sientan a la izquierda)

Es una época de caos, desorden y de profunda crisis económica, en la que se debe enfrentar la guerra exterior y una guerra civil interna. Los revolucionarios declaran que la "patria está en peligro". Los montañeses (también llamados jacobinos) proponen una serie de medidas de excepción. La creación de tribunales extraordinarios como el "Comité de Salud Pública" y el Comité de Seguridad General. En ellos radicará el poder ejecutivo, mientras que en la Convención el poder legislativo. Se instaura una República con características peculiares. Es un tiempo de crisis económica caracterizada por la depreciación de la moneda (el asignado), la suba imparable de los precios de los alimentos y la pérdida de poder adquisitivo de los salarios, lo que generará el saqueo de tiendas y de los cargamentos de granos. La Convención se ve obligada a tomar  medidas concretas: la fijación del precio máximo de los granos y los forrajes,y la ley de sospechosos (todo sospechoso de ser contrario a la revolución sería arrestado). Se inicia así la política del TERROR con condenas y ejecuciones masivas (comenzando con la reina y luego los dirigentes girondinos).El gobierno revolucionario es un gobierno de tiempos de guerra, algunos autores lo definen como una dictadura, ya que los principios constitucionales (se aprueba una Constitución en 1793) quedan suspendidos, así como las garantías individuales y las elecciones no se llevan a la práctica. Se impone el terror para quebrar toda resistencia. La figura política que domina la escena es un radical llamado Robespierre, bajo el gobierno de este hombre son iliminados tamibén los dirigentes más moderados de los monañeses o jacobinos (por ej. Danton).   El principal legado de este gobierno es que por primera vez en la historia contemporánea el Estado se adjudica el derecho a intervenir en la economía y en la sociedad para corregir las desigualdades sociales, disminuyendo las grandes fortunas por medio de leyes de sucesión (de bienes), por el aumento de los impuestos a los ricos, o protegiendo a los pobres con la proclamación del derecho al trabajo y a la educación primaria (obligatoria y gratuita), regulando los precios de los productos básicos, creando así una tradición de democracia social. En el plano cultural la revolución trastoca la vida cotidiana aprobando un nuevo caldendario que hace referencia a fenómenos naturales o agrícolas (brumario, termidor, etc.). Se instaura un culto revolucionario que fue sustituyendo a la religión católica tradicional, con nuevos símbolos y cánticos. Se cerraron las Iglesias católicas y se empezaron a festejar las "fiestas de la Razón" y del Ser Supremo, es decir una nueva fe que debía contribuir a las virtudes morales de los ciudadanos.

Escrito: La Ilustración

21.05.2012 17:27

ESCRITO DE HISTORIA            5TO. HUMANISTICO        Prof. H.Mourigán

A partir de la lectura atenta de la Declaración de derechos y del estudio previo de las ideas políticas y sociales de la Ilustración (o Nuevas Ideas), explica fundamentadamente cuáles de esas ideas se ven reflejadas en el contenido de los artículos.

Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano (26 de agosto de 1789)

“Los representantes del pueblo francés, constituidos en Asamblea nacional, considerando que la ignorancia, el olvido o el menosprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de las calamidades públicas y de la corrupción de los gobiernos, han resuelto exponer, en una declaración solemne, los derechos naturales, inalienables y sagrados del hombre, a fin de que esta declaración, constantemente presente para todos los miembros del cuerpo social, les recuerde sin cesar sus derechos y sus deberes; a fin de que los actos del poder legislativo y del poder ejecutivo, al poder cotejarse a cada instante con la finalidad de toda institución política, sean más respetados y para que las reclamaciones de los ciudadanos, en adelante fundadas en principios simples e indiscutibles, redunden siempre en beneficio del mantenimiento de la Constitución y de la felicidad de todos.”

Artículo 1.- Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales sólo pueden fundarse en la utilidad común.

Artículo 2.- La finalidad de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre. Tales derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.

Artículo 3.- El principio de toda soberanía reside esencialmente en la Nación. Ningún cuerpo, ningún individuo, pueden ejercer una autoridad que no emane expresamente de ella.

Artículo 4.- La libertad consiste en poder hacer todo aquello que no perjudique a otro: por eso, el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre no tiene otros límites que los que garantizan a los demás miembros de la sociedad el goce de estos mismos derechos. Tales límites sólo pueden ser determinados por la ley.

Artículo 5.- La ley sólo puede prohibir las acciones que son perjudiciales a la sociedad. Lo que no está prohibido por la ley no puede ser impedido. Nadie puede verse obligado a aquello que la ley no ordena.

Artículo 6.- La ley es la expresión de la voluntad general. Todos los ciudadanos tienen derecho a contribuir a su elaboración, personalmente o por medio de sus representantes. Debe ser la misma para todos, ya sea que proteja o que sancione. Como todos los ciudadanos son iguales ante ella, todos son igualmente admisibles en toda dignidad, cargo o empleo públicos, según sus capacidades y sin otra distinción que la de sus virtudes y sus talentos.

Artículo 7.- Ningún hombre puede ser acusado, arrestado o detenido, como no sea en los casos determinados por la ley y con arreglo a las formas que ésta ha prescrito. Quienes soliciten, cursen, ejecuten o hagan ejecutar órdenes arbitrarias deberán ser castigados; pero todo ciudadano convocado o aprehendido en virtud de la ley debe obedecer de inmediato; es culpable si opone resistencia.

Artículo 8.- La ley no debe imponer otras penas que aquéllas que son estrictamente y evidentemente necesarias; y nadie puede ser castigado sino en virtud de una ley promulgada con anterioridad a la ofensa y legalmente aplicada.

Artículo 9.- Todo hombre es considerado inocente hasta que ha sido declarado convicto. Si se estima que su arresto es indispensable, cualquier rigor mayor del indispensable para asegurar su persona ha de ser severamente reprimido por la ley.

Artículo 10.- Nadie debe ser incomodado por sus opiniones, inclusive religiosas, a condición de que su manifestación no perturbe el orden público establecido por la ley.

Artículo 11.- La libre comunicación de pensamientos y de opiniones es uno de los derechos más preciosos del hombre; en consecuencia, todo ciudadano puede hablar, escribir e imprimir libremente, a trueque de responder del abuso de esta libertad en los casos determinados por la ley.

Artículo 12.- Siendo necesaria una fuerza pública para garantizar los derechos del hombre y del ciudadano, se constituirá esta fuerza en beneficio de la comunidad, y no para el provecho particular de las personas a las que ha sido confiada.

Artículo 13.- Siendo necesaria, para sostener la fuerza pública y subvenir a los gastos de administración, una contribución común, ésta debe ser distribuida equitativamente entre los ciudadanos, de acuerdo con sus facultades.

Artículo 16.- Toda sociedad en la cual no esté establecida la garantía de los derechos, ni determinada la separación de los poderes, carece de Constitución.

Artículo 17.- Siendo la propiedad un derecho inviolable y sagrado, nadie puede ser privado de ella, salvo cuando la necesidad pública, legalmente comprobada, lo exija de modo evidente, y a condición de una justa y previa indemnización.

 

La Revolución Francesa: los inicios, la primera etapa, 1789-1792

17.05.2012 21:02

LA REVOLUCIÓN FRANCESA: UNA MIRADA DE CONJUNTO.

Según el historiador George Lefebvre en la primera etapa revolucionaria, que abarca de 1789 a 1792,  pueden distinguirse tres fases revolucionarias:

1- La Reacción Aristocrática.

2- La Revolución Burguesa.

3- La Revolución Popular.

1- El ministro de Hacienda de Luis XVI propone que los estamentos privilegiados paguen impuestos como una de las soluciones al déficit del presupuesto estatal. La nobleza reacción solicitando la convocatoria a los estados generales, argumentando que es la única institución con potestad para aplicar nuevos impuestos. Los estados generales constituyen una asamblea integrada por representantes por los tres estamentos sociales (nobleza, clero y tercer estado). Cada estamento elegirá a sus representantes, el Tercer Estado lo hizo a través de Asambleas, pero estos representantes serán en su totalidad burgueses, los campesinos que también conforman ese orden, solo podrá presentar sus cuadernos de quejas. Éstos son documentos muy importantes para el historiador ya que nos permite conocer los problemas y aspiraciones de cada estamento de la sociedad francesa.

Los cuadernos de quejas nos muestran la existencia de ciertas coincidencias entre las aspiraciones de la nobleza y de la burguesía: la necesidad de una monarquía constitucional y una reforma administrativa del reino. Ahora bien, la nobleza y clero dejan en claro que se aferran a sus privilegios, pero piden el fin del despilfarro, la regulación de las aduanas interiores, un sistema único de pesos y medidas, libertad de prensa y reunión periódica de los estados generales.

La burguesía por su parte manifiesta que sostiene la necesidad de concretar la libertad de expresión y reunión, la igualdad jurídica, libre comercio, abolición del diezmo.

Los campesinos reclaman el fin de las cargas e impuestos y tierras para los que no la poseían. Los campesinos propietarios son más cautelosos en este punto.

2- Los Estados Generales (mayo de 1789) se reúnen con un total de 1139 representantes. En la primera reunión surge una primera diferencia entre la nobleza y el clero que se unen y la burguesía. Los estamentos privilegiados plantean el voto por estamento, lo que les daría dos votos contra uno (o sea la mayoría), mientras que la burguesía que era individualmente mayoría (unos 600 aprox.) plantean el voto por cabeza, lo que les aseguraba el control de la asamblea.

La segunda diferencia en esta primera reunión es cómo y dónde reunirse, la nobleza y el clero plantean reunirse en salas separadas, mientras que la burguesía sostiene la idea de reunirse conjuntamente.

La burguesía se retira y se reúne en el Salón del Juego de pelota, y convocan al clero y a la nobleza a reunirse con ellos para forman una Asamblea Nacional, sino se los declararía rebeldes, estos estamentos se le suman, formando una Asamblea Nacional Constituyente, que tendrá como objetivo fundamental redactar una constitución (junio de 1789).

3- En mayo de 1789 se produce un incremento del precio del pan. Las masas populares de París se exaltan y se movilizan, asaltan la Bastilla el 14 de julio de 1789, antigua cárcel de presos políticos, símbolo del absolutismo monárquico. En este episodio fundamental se organizan clubes y sociedades fraternales que darán lugar al grupo de los “sans culottes” que protagonizarán la etapa radical de la revolución.

Simultáneamente la revolución popular se extiende al campo, el hambre y el miedo se transforma en el impulso de la revolución. Los campesinos protagonizan lo que los historiadores denominan el “Gran Miedo”. Los campesinos piensan que los nobles contrataron bandidos, se arman y se exaltan, atacan e incendian los castillos y asesinan a algunos nobles.

OBRA DE LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE (agosto de 1789)

  • Abolición de los derechos feudales y el diezmo, la burguesía defensora del derecho de propiedad, teme que el movimiento campesino se extienda por ello elimina las cargas que agobiaban al campesinado.
  • Se aprueba un documento fundamental: la “Declaración de derechos del Hombre y del Ciudadano”, como prefacio de la Constitución.
  • Se aprueba la Primera Constitución (1791), que establece la división de poderes. El poder ejecutivo encabezado por el monarca (Luis XVI), y el legislativo por una Asamblea. Nace así una monarquía parlamentaria o limitada.
  • Se concreta la descentralización de la administración dividiendo el territorio de Francia en 83 departamentos, los jueces son nombrados y pagados por el estado.
  • Se aprueba la Constitución civil del clero: los sacerdotes son considerados funcionarios públicos, deben jurar fidelidad a la constitución. Los sacerdotes que no lo hagan se los considerará fuera de la ley, se les llamará “refractarios”.
  • Se establece que serán ciudadanos activos con derechos: los varones mayores de 21 años, que paguen renta, los jornaleros, asalariados no son ciudadanos. El poder queda limitado a una minoría: la burguesía.

 

La Asamblea Nacional Legislativa decreta la incautación de los bienes de los enemigos de la Revolución, aquellos nobles fieles a la monarquía absoluta que habían emigrado, y se deportaal clero refractario. Se produce un enfrentamiento con el monarca.

En este marco, las potencias europeas (Austria y Prusia) intervienen y movilizan sus tropas hacia la frontera con Francia, están dispuestas a invadir para restaurar el Antiguo Régimen. El rey desea esta intervención, es su última esperanza. Pero también constituirá su condena a muerte.Se inicia con este hecho la fase exaltada de la Revolución.

 

 

Causas de la Revolución Francesa.

15.05.2012 16:37

LICEO 65                     HISTORIA 5º                 PROF. HEBERT MOURIGÁN

CAUSAS DE LA REVOLUCIÓN FRANCESA -  DOCUMENTOS

CAUSAS IDEOLÓGICAS.

“Los filósofos ilustrados franceses aportan el aparato intelectual del proceso. La crítica de las instituciones del Antiguo Régimen efectuada por Voltaire, la doctrina de la soberanía nacional de Rousseau y la separación de poderes postulada por Montesquieu inspiraron a los líderes de la Revolución y se repiten con regularidad en los textos programáticos…estas ideas se encuentran en las constituciones, escritos y proclamas; el factor intelectual no debe ser olvidado en ninguna revolución” Antonio Fernández: “Historia del mundo contemporáneo”, Ed. Vicens Vives, 1995.

CAUSAS POLÍTICAS.-

“Luis XVI no había cumplido veinte años cuando subió al poder y, como lo ha dicho él mismo, nada se le había enseñado de su oficio de rey. Suficientemente instruido, piadoso y de intenciones rectas, distaba mucho de ser un gran espíritu, y sobre todo, aunque celoso de su poder, carecía de voluntad…Además, no gozaba personalmente de ningún prestigio. Este hombre gordo, de aspecto vulgar, y de apetito insaciable, cazador infatigable y aficionado a los trabajos manuales, a quién la danza y el juego aburrían, pronto se convirtió en el hazmerreír de la corte. La reina María Antonieta, seductora e imperiosa tuvo sobre él cierta influencia e hizo mal uso de ella. Incapaz de dedicación y entregada por completo al placer, pródiga y ansiosa de satisfacer a sus amigos y compañeros…se hizo culpable del despilfarro, y con sus intervenciones agravó la inestabilidad gubernamental…Su descrédito fue la primera de las causas inmediatas de la Revolución” Lefebvre, George: “La revolución francesa y el imperio”, FCE, 1988 (r)

CAUSAS ECONÓMICAS.-

“La Revolución nació en principio de una crisis financiera originada a su vez por la deuda contraída con motivo de la guerra de América….Sin la guerra de América no habría habido crisis financiera, no habrían sido convocados los Estados Generales y no habría habido Revolución, por lo menos en la misma época y en la misma forma en que estalló. La Revolución considerada como acontecimiento proviene de un hecho político, pero también de un hecho económico con consecuencias financieras…Los acontecimientos revolucionarios, las instituciones revolucionarias nacen, pues, en gran medida, de la disminución del beneficio y del salario, del malestar del industrial, del artesano, del arrendatario, del propietario-cultivador y de la miseria del obrero y del jornalero. Una coyuntura desfavorable reúne, en la misma oposición, burguesía y proletariado. La Revolución aparece a este respecto como una revolución de la miseria.” E. Labrouse: “Fluctuaciones económicas e historia social, Madrid, Tecnos, 1962.

CAUSAS SOCIALES.-

Las contradicciones de la sociedad francesa:

“Podemos describir a la sociedad francesa del siglo XVIII como una suerte de pirámide, cuya cima estaba formada por la corte y la aristocracia, el centro por la burguesía y la base por las “ordenes inferiores” de campesinos, comerciantes y artesanos urbanos…La pirámide social francesa estaba agobiada por las contradicciones, tanto internamente como entre sus partes constitutivas, pues tenía una monarquía que, aunque en teoría absoluta, llevaba en sí misma la simiente de su propia decadencia; una aristocracia que, si bien privilegiada y en general rica, alentaba un profundo resentimiento motivado por el hecho de que se la había excluido largo tiempo de los cargos; una burguesía que, aún gozando de creciente prosperidad, veía negadas su jerarquía social y una participación en el gobierno acorde con su riqueza; y campesinos que, por lo menos en parte, estaban adquiriendo más cultura e independencia, y sin embargo aún recibían el trato que se dispensaba a una bestia de carga, despreciada y recargada de impuestos. Estos conflictos y tensiones provocadas por ellos comenzaban a agudizarse a medida que avanzaba el siglo.” George Rudé: “La Revolución Francesa”, Ed. Vergara, 2004.

 

DEFINICIÓN DEL TERCER ESTADO SEGÚN EL ABATE SIÉYES: “Si se hiciera desaparecer el orden privilegiado la Nación no sería menos, sino más. ¿Y qué es el Tercer Estado? Todo, pero un todo trabado y oprimido. ¿Y que sería sin el orden privilegiado? Todo, pero un todo libre y floreciente. Nada puede funcionar sin él, todo andaría infinitamente mejor sin los demás…”

CUADERNO DE QUEJAS DE LA JURISDICCIÓN DE NANCY (1789):

“La Asamblea pide que la persona de los diputados de los Estados Generales sea inviolable y sagrada, y durante todo el tiempo de la reunión no estén sometidos más que a la jurisdicción y la policía de los mismos Estados. La Asamblea pide que sea establecido  que el Tercer Estado tendrá en las Asambleas de la Nación, por lo menos tantos diputados como los otros dos órdenes reunidos; que las deliberaciones se realizarán por los tres órdenes reunidos y que los votos serán contados  por cabezas. El objeto del que deben ocuparse esencialmente y en primer lugar, es el de asegurar a Francia una Constitución buena y sólida…Se reconocerá solamente que la Nación es la única que tiene derecho a crear impuestos, es decir, a conceder o rehusar subsidios y reglamentar cual será su monto, su uso, reparto y duración. Que se establezca la libertad de prensa…” En Mira, José y otros: “Documentos de Historia del mundo contemporáneo”, Alhambra, 1988.

CUADERNO DE QUEJAS DE LOS CAMPESINOS DE GUYANCOURT (aldea de unos 600 habitantes cerca de Versalles):

“Que todos los impuestos sean pagados por los tres órdenes, sin ninguna excepción, cada uno según sus disponibilidades económicas. Que haya una única ley para todo el reino. Supresión total de las tasas e impuestos. Supresión de toda clase de diezmo en especie. Destrucción de los pájaros que hacen mucho daño, tanto en el tiempo de la siembra como en el de la cosecha. Que los derechos de las propiedades sean sagrados e inviolables”

 

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